amartinrec escribió:
Buenas tardes,
Primero darle las gracias por la respuesta.
Me gustaria plantearle una duda que tengo sobre su explicación.
Quiero poner una demanda contra la promotora y que se le obligue judicialmente a reparar de forma seria y definitiva la gotera.
Creo que he entendido en su contestación que tengo de tiempo hasta Noviembre del 2007 para presentar la demanda. ¿Es asi?
Tambien entiendo que he de buscar un arquitecto o aparejador que dictamine, aunque no se que, antes de presentar la demanda. ¿ Que es lo que tiene que dictaminar ?
Saludos y gracias,
Angel
Efectivamente tiene vd. de plazo hasta Noviembre de 2007 para presentar la demanda en el Juzgado. El sello de registro de entrada del escrito en el juzgado debe ser anterior a dicha fecha.
La demanda deberá realizarla un abogado, que deberá acreditar:
-La existencia de las goteras
-La causa técnica de las mismas.
-Quién es responsable de la causa técnica de las goteras.
-Cómo hay que reparar para que quede definitivamente bien.
-Cuánto cuesta dicha reparación.
Para todo ello sirve el Dictamen. Puede leer más al respecto en nuestro artículo sobre
'Cómo reclamar ante la aparición de defectos constructivos'
.
Le aconsejamos que en la demanda alegue que ha perdido totalmente la confianza en la promotora, visto que en varias ocasiones se ha limitado a hacer una chapuza, y que desea que la obra de reparación la ejecute una tercera empresa.