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Mala insonorización en vivienda de obra nueva 17 años 1 mes antes #7130

Hola!! Tengo una duda respecto al aislamiento acústico.
Firmé la escritura de mi piso nuevo el mes de mayo, el dormitorio está pared con pared con el dormitorio del piso de al lado y oigo perfectamente todo lo que dice el vecino, lo que tiene puesto en la televisión, cuando enciende la luz (el ruido del interruptor), incluso el ruido cuando orina... (tienen baño dentro de la habitación ambos pisos).
En otro baño del piso que tiene el techo de escayola desmontable también se oyen las conversaciones del piso de arriba.
Mi duda es cómo puedo saber si hay un mal aislamiento acústico, cómo tendría que hacer una prueba de insonorización y a quién debería acudir para ello.
Espero que alguien me puedo ayudar.
Muchas gracias, un saludo!!

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Re:Mala insonorización en vivienda de obra nueva 17 años 1 mes antes #7131

La prueba de aislamiento acústico puede hacerla cualquier arquitecto, aparejador, ingeniero, perito industrial, empresa de ensayos de calidad, laboratorios de certificación de la calidad, etc...

En el Código de la Edificación y normas de desarrollo se establece el nivel de decibelios que debe ser capaz de insonorizar una pared medianera, una tabique interior, la fachada, etc... Es un dato objetivo. La prueba de insonorización lo único que requiere es una medición del nivel que insonorización de un elemento en concreto de su vivienda, para lo cual ha de utilizarse maquinaria específica, y si el resultado está por debajo del exigible, hacer una 'cata' (un agujero) en la pared para comprobar que se ha construido con los materiales adecuados.

Es conveniente realizar la cata en cada uno de los lugares donde se sospecha que no se cumplen las normas de la construcción.

Una vez hechas estas comprobaciones el perito podrá afirmar si existe o no un defecto constructivo de falta de aislamiento acústico y quién es el responsable desde el punto de vista técnico.

Es conveniente comunicarlo inmediatamente al promotor, al constructor y a los demás agentes intervinientes en la edificación (para saber quiénes fueron lea nuestro artículo sobre ' Identificación de los agentes intervinientes en la edificación '
El plazo de garantía, dentro del cual ha de comunicarlo, es de tres años, tal y como explicamos en nuestro artículo sobre '[url=http://forovivienda.com/garantias-de-la-vivienda/identificacion-de-los-agentes-intervinientes-en-la-edificacion.html[/url]'.

Envio editado por: Forovivienda.com, el: 2008/02/15 05:07<br /><br />Envio editado por: Forovivienda.com, el: 2008/02/15 05:09
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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