¿Existe alguna base legal para que la inmobiliaria no se aplique una pelanización del 30% de las cantidades satisfechas hasta ese momento, al renunciar la compra de mi vivienda? Dicha penalización esta firmada en el contrato de compraventa.
Si tengo que pagar esa penalización, ¿Que pasa con el IVA de dichas cantidades? ¿La penalización se aplicaría a la base imponible con IVA o sin IVA?