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la gran putada 16 años 8 meses antes #7259

Situacion: Vivienda de colonos (pertenece a una persona pero hasta que no se finiquita no tiene escrituras, esto durante 40 años.)
El "propitario" (por llamarlo de alguna manera) murió sin dejar escritura y tocaba repartir entre 5, yo me interesé por la vivienda y todos estaban de acuerdo. De manera que las escrituras se hicieron a mi nombre (esta primera escritura solo puede hacerse a nombre de una persona) con un documento oficial en el que reconoce el derecho de los demás.

El problema:Ahora han llegado las escrituras (casi dos años después) y uno ha cambiado de opinion.
He perdido las subvenciones, soy el responsable de los gastos. El acuedo fue verbal. No quiero saber nada de esta multipropiedad.


Preguntas:
¿Se puede desacer lo hecho?
¿puedo obligar a comprar?
¿puedo obligar a vender?
¿como me quito esto del medio?
¿le doy mi parte a la Iglesia?

Vaya rollo.
Gracias

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Re:la gran putada 16 años 8 meses antes #7260

  • Abogado
Si facilita más información podremos opinar. Tal y como lo cuenta surgen varias dudas:

¿Cuando se refiere a vivienda de colonos quiere decir que la persona fallecida no es la titular en el registro de la propiedad pero lleva 40 años viviendo en ella? ¿Que adquirió la titularidad por el transcurso del tiempo, es decir, lo que se denomina prescripción adquisitiva, pero ello no está formalizado?

Tampoco queda claro qué quiere decir cuando habla de que murió sin dejar escritura. ¿Quiere decir lo anterior, es decir, que murió sin haber inscrito en el Registro de la Propiedad su derecho? ¿O quiere decir que murió sin dejar testamento?

En fin. Aporte más datos y podremos decirle algo.

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