Si facilita más información podremos opinar. Tal y como lo cuenta surgen varias dudas:
¿Cuando se refiere a vivienda de colonos quiere decir que la persona fallecida no es la titular en el registro de la propiedad pero lleva 40 años viviendo en ella? ¿Que adquirió la titularidad por el transcurso del tiempo, es decir, lo que se denomina prescripción adquisitiva, pero ello no está formalizado?
Tampoco queda claro qué quiere decir cuando habla de que murió sin dejar escritura. ¿Quiere decir lo anterior, es decir, que murió sin haber inscrito en el Registro de la Propiedad su derecho? ¿O quiere decir que murió sin dejar testamento?
En fin. Aporte más datos y podremos decirle algo.