En contestación a la cuestión planteada:
1. El contrato de la cesión de compra se debe liquidar en la Hacienda autonómica por impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Se abona el 7% del importe que cobra el cedente.
2. Los importes que se abonan al promotor, a partir de la cesión y hasta la entrega de llaves, tributan al 7% por IVA.
Ejemplo:
Se realiza un contrato de cesión de compra por 100.000
100.000 x 7 % = 7.000 €
Se realiza escritura con la promotora por 300.000 €
Importe a pagar 300.000 + 7% 300.000 (IVA) = 321.000
En la escritura se debe anexar el contrato de la cesión. De esta manera, se podrá justificar el importe real de la compra.
Espero haber sido útil.[img size=150][/img]