• Página:
  • 1

TEMA:

Resolución del contrato por parte compradora. 16 años 1 mes antes #7611

buenas, mi duda es que me gustaria aplicar la resolución del contrato y nose si podria hacerlo y que me devuelvan el dinero.Yo ahora en diciembre pago la ultima letra del pago que debo realizar antes de la escritura, pero me gustaria resindirlo ya que en el contrato la unica fecha que pone es la de finalización de obras (ultimo trimestre de 2008),pero no pone claramente la fecha de entrega cosa que legalmente pienso que deberia ponerla por lo leido en el art. 5.5 del Real Decreto 515/1989.Mi pregunta es:
¿puedo pedir la resolucion del contrato por no ponerme con exactitud la fecha de entrega y reclamar el dinero ya entregado?muchas gracias

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Re:Resolución del contrato por parte compradora. 16 años 1 mes antes #7626

El mero incumplimiento de la obligación de reflejar en el contrato la fecha de entrega no es motivo suficiente para resolverlo.

Le aconsejamos que requiera al promotor para que manifieste dicha fecha.

Vea este mensaje en el foro, en el que tratamos el tema indirectamente.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • Página:
  • 1
Gracias a Foro Kunena
OSense GastalverAbogados

BannerGA

¿Problemas de vivienda?

Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en Vivienda.

Déjeme ayudarle

Soy Miguel Gastalver, abogado especialista en derecho inmobiliario. Aquí en el foro puedo darle una primera orientación legal, incluso aconsejarle todos los pasos que puede dar por sí mismo. Pero si no tiene más remedio que acudir a los tribunales, déjeme ayudarle personalmente. 

Contactar

¿Preocupado con el precio?

¿Cuánto cuesta...

Esta es sólo una muestra de mis servicios.

Conozca el precio cerrado de nuestros servicios.

¡Síguenos en tu red favorita!

Miguel Gastalver Trujillo Abogado

¡Agradezca nuestro esfuerzo con un simple clic!

Si le hemos resultado útiles puede correspondernos haciendo clic en los botones de Me Gusta o de Google+1, de ese modo otras personas conocerán ForoVivienda.com y podremos ayudarlas también gratuitamente. ¡¡Muchas gracias por animarnos a seguir!!