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Firma de vivienda sin cédula de habitabilidad 15 años 10 meses antes #7700

A medidados de enero de 2009 nos entregan nuestra vivienda de obra nueva. La cédula de habitabilidad aún no la ha dado el Ayuntamiento, pero el constructor nos dice que estamos obligados a firmar porque él tiene el fin de obras dado, pero no la cédula. Si no firmamos, dice que perderíamos la vivienda. ¿Eso es así? ¿Estamos obligados a firmar sin cédula de habitabilidad? La solución que nos da es que, en escrituras habría una claúsula que indica que la vivienda está a falta de la cédula. Muchas gracias.

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Re:Firma de vivienda sin cédula de habitabilidad 15 años 10 meses antes #7699

Es rotundamente falso.

El promotor está obligado a entregar la vivienda con la licencia de primera ocupación y la cédula de habitabilidad. Dicha obligación se establece en el art. 9.2 de la Ley de Ordenación de la Edificación.

Envíele un Burofax certificado y con acuse de recibo negándose a aceptar una entrega defectuosa.

El interés del promotor radica probablemente en que desde la entrega la hipoteca y la comunidad son a cargo del comprador.

Pero piense que sin cédula de habitabilidad no va a poder contratar los suministros, por lo que no va a poder habitar la vivienda.

La respuesta, en definitiva, es que no existe obligación de aceptar una entrega defectuosa.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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