Si el contrato autorizaba el desistimiento a cambio de una penalización del 20% de las cantidades entregadas a cuenta, el saldo resultante a devolver por la promotora no está cubierto por el aval o póliza de afianzamiento. Dicha garantía sólo puede hacerse efectiva en caso de falta de entrega de la vivienda, no en caso de desistimiento.
Si la promotora no paga, lo que hay que hacer es requerirle una primera vez extrajudicialmente el pago por medio de Burofax certificado, y si no cumple, reclamarselo por vía judicial. Sin perder tiempo.