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Devolución paga y señal 15 años 6 meses antes #8028

Buenas tardes:

Mi consulta es la siguiente:

Me compre un piso sobre planos en noviembre de 2006, dando el dinero que me pedian para hacer el contrato de arras,(2 meses despues la agencia immobiliaria cerro sin previo aviso y tuvimos que remover cielo y tierra para encontrar donde estaba la nueva oficina), en dicho escrito ponia que la escritura se realizaria el primer trimestre de 2008. A finales de Marzo de 2008 recibi un burofax diciendome dia y hora para la escritura, me puse en contacto con el promotor porque no podia escriturar en aquellas fechas y me dijo que no habia problemas. Al cabo de unos dias me llegan comentarios de que no se habia escriturado porque el edificio no tenia ni la cedula de habitabilidad ni la firma de la permuta del propietario del solar.
Unos dias despues me llamo el promotor para decirme que debia enviarle un fax conforme renunciaba al piso y asi no poder reclamar la devolucion de la paga y señal. Poco a poco las llamadas eran mas constantes y algunas veces amenazantes.
Hasta septiembre de 2008 no se escrituraron los pisos, y el problema esta en que en noviembre me llego otro burofax para hacer la firma de escritura en la que ponia que si no me presentaba renunciaba a el dinero entregado. Dicha cita era el 30 de octubre de 2008,(8 meses despues de la fecha
acordada) Yo recogi el burofax el dia 3 de noviembre ya no me encontraba en España para la recogida y firma de la escritura. Desde ese mismo dia estoy llamando cada dia a este señor y a las oficinas. La respuesta es nula.

Tengo todos los documentos que me han enviado, fotos del estado actual del edificio, el cual no dispone de cedula de habitabilidad todavia.

¿Puedo reclamar la devolucion de la paga y señal?
¿Como debo hacerlo?

Muchas gracias por su atención.

Sergi Bellés

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Re:Devolución paga y señal 15 años 6 meses antes #8031

En primer lugar debería enviar un Burofax certificado y con acuse de recibo al promotor comunicandole que si no compareció fue por los motivos que ha expuesto. y que no le concede prórroga del plazo de entrega.

Aparte, habría que ver el contrato (plazos de entrega, cláusulas, etc.) para ver si el retraso autorizaría a pedir incluso la resolución, con devolución de lo entregado a cuenta.

Pero lo primero es lo dicho. Es importante, para que no parezca que Vd. está conforme con el retraso, y pierda fuerza como causa de incumplimiento del contrato por el promotor.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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