Debe tener cuidado.
Las orillas de los rios así como los márgenes de las carreteras son de dominio público. No se puede construir en ellos. Respecto a los rios sólo se puede construir a partir de la distancia de la orilla que establece la Ley de Costas.
Le aconsejo que antes de comprar la vivienda, pida en el Ayuntamiento una CEDULA URBANISTICA. Se trata de un informe, certificado por el Secretario del Ayuntamiento, en el que indica cuál es la clasificación, calificación, usos, edificabilidad, etc. aplicables a dicha parcela en función del planeamiento urbanístico actualmente en vigor en su localidad. Compruebe que el suelo es "URBANO".
Si no fuera urbano, no podrá construir nada. Ni siquiera reformar "legalmente". Es muy aconsejable que lo haga antes de comprar.