Puede ser la cuenta de uno. Ello no perjudica el derecho a la deducción fiscal. Ahora bien, si lo va a domiciliar en una cuenta de la cual sólo es titular el otro copropietario, asegúrese de realizar ingresos en dicha cuenta mediante transferencia bancaria, no mediante ingresos en efectivo. De esta manera dispondrá en su caso de prueba de los ingresos.
A efectos fiscales no tiene importancia, ya que basta que con Vd. sea cotitular del préstamo hipotecario -este es el auténtico requisito- pero es importante para prevenir, en caso de disolución de la copropiedad, que pretendan discutirle su porcentaje en la propiedad, algo más frecuente de lo que piensa, sobre todo en parejas de hecho.