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Alquiler con opcion a compra 14 años 11 meses antes #8622

Voy a firmar un contrato de arrendamiento con con opción a compra y lo único que no me queda claro es la cláusula de la duración del contrato donde se establece que: "la duración del presente contrato se fija en un año. Transcurrido el mismo, este se prorrogará de forma automática y por plazos anuales hasta que se alcance una duración mínima de 5 años".

Mi pregunta es: ¿qué pasa si por cualquier circunstacia tengo que dejar el piso una vez trascurrido 1 año? ¿Tendría que estar obligatoriamente los 5 años en el piso?

He buscado en internet lo que la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 establece sobre la duración del contrato, y dice: "Artículo 9. Plazo mínimo 1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo"

En la promotora me dicen que no habría problema en rescindir el contrato al año pero la cláusula del contrato no me queda muy clara.

Un saludo y gracias por anticipado

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Re:Alquiler con opcion a compra 14 años 11 meses antes #8624

Esa pregunta me la hice yo en su momento, pero no te preocupes, no tienes porque estar los 5 años de alquiler, puedes estar 1 año, 8 meses , lo que sea, que se prorrogara de año en año asta los 5 años para por decirlo asi , proteger al inquilino.

Asi durante los 5 primeros años tienes a disfrutar de tu alquiler sin problemas y rescindirlo cuando tu creas oportuno, ya que el propietario no te puede obligar a abandonar la casa a caso que sea para uso propio.

Asi que no te preocupes y cuando lo creas oportuno le notificas al propietario de tu idea de abandonar el piso con el preaviso acordado, que suele ser 1 mes, y listo :laugh:

Un saludo

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Re:Alquiler con opcion a compra 14 años 11 meses antes #8628

Ojo, lo que dice Maky21 no es del todo exacto. Conforme a la redacción de la cláusula transcrita, efectivamente no es necesario que permanezca en la vivienda hasta que cumpla cinco años de vigencia del contrato. Pero no puede irse en cualquier momento. Sólo cada vez que el contrato finalice un año de vigencia.

Con un ejemplo se ve mucho más claro. Si el plazo de un año comienza el 1 de abril, Vd. puede dejar el piso, preavisando con la antelación pactada, cada 31 de marzo. Si se va antes de llegar al 31 de marzo de cada año, deberá indemnizar al arrendador salvo que expresamente se le autorice a hacerlo en el contrato, y expresamente se diga que no deberá pagar indemnización por ello.


Por otro lado, ya que se trata de arrendamiento con opción de compra, es importante que en el contrato quede claro cuál es el plazo de la opción de compra, que puede y suele ser distinto al del alquiler.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Re:Alquiler con opcion a compra 14 años 11 meses antes #8630

Pues muchas gracias Gastalver,siempre hay detalles que uno se deja en el tintero y que si no fuera por vosotros ...

Muchas gracias por tu aclaración, es de mucha ayuda saber todos los matices :)

Saludos.

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