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Problemas con la caldera 14 años 11 meses antes #8668

Buenos días, me mudé en el mes de marzo a un piso de alquiler, hace un mes la caldera dejó de funcionar para el servicio de agua caliente en modo verano (en modo invierno funciona), cuando notifiqué este problema a la firma de abogados que gestiona el piso me contestaron que no se responsabilizarían ya que este daño entraba en la claúsula de reparaciones de mantenimiento del piso por parte del inquilino (cláusula en el contrato de alquiler que a mi entender no implica este tipo de daños),
les contesté que según mi experiencia como inquilino eso era responsabilidad del propietario al tratarse de equipamiento básico para el funcionamiento de la vivienda, pero no reaccionaron.
Finalmente me saqué un seguro de Servigas (bajo mi coste) y hoy ha venido el técnico, no sólo la reparación implica reemplazo de piezas caras si no que me ha dicho que la salida de humos de esta caldera por ser muy vieja ya está fuera de normativa y que Gas Natural exige como mínimo el cambio de esta salida porque la utilización de la caldera implica riesgo de intoxicación, además aconsejaban cambiar la caldera.
Por favor quisiera saber qué hacer y qué argumentos legales utilizar para dirigirme a los abogados administradores con este problema.
Mil gracias<br /><br />Envio editado por: silviaglas, el: 2009/12/19 15:10

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Re:Problemas con la caldera 14 años 10 meses antes #8683

Estimada Silvia, acierta cuando dice que por tratarse de un servicio básico su conservación corresponde al propietario/arrendador.

En primer lugar lo que debe hacer es comunicar de manera fehaciente al arrendador -o a quien lo represente- la necesidad de acometer obras de conservación con carácter urgente consistentes en reparación de la caldera.

En segundo lugar si el arrendador no repara la caldera deberá repararla vd. misma, si bien con la precaución de pedir factura detallada en la que la empresa reparadora haga constar expresamente lo que Vd. dice -que la caldera es vieja y que esa es la razón por la que hay que sustituir las piezas, así como que la normativa obliga a modificar la salida de humos-. Esto último es muy importante, ya que la factura servirá no sólo para acreditar el gasto sino como prueba de que la avería no es consecuencia del uso sino a avería por antiguedad, por expiración de la vida útil.

En tercer lugar, reclame judicialmente al arrendador el importe. Puede hacerlo mediante un proceso monitorio, sin abogado ni procurador, y sólo si hay oposición tendrá que contratarlos.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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