Como a muchos, mi novia y yo nos presentamos a un sorteo de VPO, con la suerte de que nos toco una a cada uno. Como no podemos pagar ambas, ella ha renunciado a la suya y nos vamos a quedar con la mia. Nos han dicho que la escritura sólo puede ir a mi nombre.
Por lo que me he informado, lo ideal es que si pagamos a 50% hagamos un contrato privado en el que se especifique que ella hace el 50% de los pagos. Supongo que el abogado sabrá como debe ir establecido dicho contrato.
Ahora bien, tengo que abrir una cuenta en una entidad bancaria, supongo que será para que se cobre ahi la hipoteca que por fuerza ha de ser en dicha entidad (bueno, se supone que puedo cambiarla pero como es VPO de regimen especial y sus condiciones están establecidas por ley, es igual donde sea, digo yo).
Estamos un poco perdidos, la verdad, y me han surgido algunas preguntas:
1) ¿La hipoteca debe ir a nombre de los dos?
2) ¿Si es asi, la cuenta de referencia debería ir a nombre de los dos?. Me han dicho que la puedo poner como autorizada después pero que sólo puede ponerse como titular al iniciar la cuenta. No se que conllevaría una u otra cosa.
3)En un tiempo (esperamos breve) no casaremos... ¿queda la vivienda incluida como bienes ganaciales de modo que sea de ambos?
4)¿que hay que tener en cuenta para que los derechos de ambos estén protegidos en casosadversos (viudedad, divorcio, etc...)?.
Os agradeceríamos que nos aconsejárais al respecto.<br /><br />Envio editado por: nazgul24, el: 2010/05/27 16:46