El mejor consejo es que habida cuenta de la complejidad que encierra esa compra no firme nada ni de cantidad alguna sin previo asesoramiento directo de un experto en la materia.
No veo en que se peuede basar, salvo que le hayn concedido un aplazamiento, la demora hasta final de 2011 en el pago del impuesto sucesorio ya liquidado al parecer.
Si compra sin haber liquidado ese impuesto está claro que el inmueble responde del mismo, normalmente tendrá una anotación del Registro que así lo indica.
En definitiva reiterar lo dicho al principio, necesita un asesoramiento directo en esa compra.