hola, os expongo mi caso, compre una vivienda nueva en Junio de 2010, año y medio después de que la promotora firmara el acta de recepción de obra, antes de la compra observamos defectos de terminaciones, como falta de planeidad en muchos de sus paños de azulejos de paredes y suelos, baldosas cejeadas en azotea, parquet con manchas y desnivelado, eflorescencias y humedades en el exterior, bajada del suelo del patio, grietas, puertas que se abren solas, mal alinado de ladrillos vistos, estancamiento de aguas en zonas exteriores, curvatura en pared de salón, olor continuo en cuarto de baño, etc.. Durante el primer año un funcionario de la administración publica me hizo un peritaje, o sea en febrero de 2011 del que quedó constancia, mi pregunta es: ¿tengo derecho a que me arreglen los defectos de construcción en cuanto a mala praxis de los operarios al no vivir en la vivienda el primer año? ¿puedo reclamar vicios ocultos y defectos de construcción durante los dos años posteriores a la visita del perito de la administración? ¿En ese caso se pueden incluir vicios ocultos y defectos de construcción que este perito no señaló en ese informe y que otro más exhaustivo si ha percibido? ¿Rejillas sin tubos de salidas al exterior en el falso techo y mal sellado de las paredes entre vecinos son vicios ocultos o mala terminación? Gracias, no sé como la ley puede amparar mi caso.