Buenos días,
Hace unos meses, compré una vivienda sobre plano que está en proceso de construcción. En el momento de efectuar la señal del piso, preguntamos al comercial de la promotora si las puertas de los armarios de la casa eran correderas o abatibles y nos dijo que eran correderas y, en el momento de la firma del contrato de compraventa no caí en mirar en la memoria de calidades que detallara cómo serían las puertas de los armarios (simplemente comprobé que el color era el elegido) porque asumí que lo que me había dicho el comercial era correcto.
Cual ha sido mi sorpresa cuando he vuelto a preguntar y me dicen que las puertas serán abatibles... lo cual hace que, en algunas habitaciones de la casa, no se pueda pasar si la puerta del armario está abierta y colocase muebles de medidas standard.
Mi pregunta es si hay alguna normativa que les obligue a estos señores a ponerme puertas correderas en los armarios ya que, por un lado me lo dijeron aunque fuese de palabra y por otro resulta que no puedo abrir las puertas de los armarios sin darme con los muebles.
Muchas gracias,