En cada comunidad autónoma supervisan el cumplimiento de los requisitos en un momento distinto. Unas en el momento de la adjudicación (firma del contrato privado) otras en el momento de VISAR el contrato, poco antes del otorgamiento de la escritura pública, y en este caso además unas toman como referencia la situación económica acreditada al solicitar la VPO, otras la existente al momento de visar....Quiero decirle con esto que lo mejor que puede hacer es preguntar directamente en el organismo autonómico competente en materia de vivienda qué IRPF van a considerar y cuándo.