Lo mejor es firmar, en documento privado, una declaración en la que Vd. reconozca que recibe de su pareja el 50% de las cantidades destinadas a su pago, y que le reconoce el 50% de su titularidad. Pero no puede hacer público dicho documento ni en el registro de la propiedad, ni ante la administración pública competente en materia de ayudas a la vivienda, ni fiscalmente, pues, durante el proceso de adquisición, podría perder las ayudas. Este documento será útil en caso de ruptura, sobre todo para quien permanece como titular oculto, en este caso su pareja.