Hola, si el deposito es condicionado al buen fin que es la entrega de la vivienda en las condiciones del proyecto de la misma, será correcta la propuesta. Pero, el diablo está en los detalles; depende de la redacción del acta notarial de depósito.
Mi consejo es que no aceptes entregar dinero a cuenta si no hay aval bancario de devolución de cantidades realizado por una entidad bancaria o aseguradora RECONOCIDA en España.
Ojo! hay un fraude frecuente que es poner a entidades lituanas o de nacionalidades exoticas, que no tienen reconocida ni autorizada su actividad aseguradora en España.
Saludos