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Contrato de arras 5 años 10 meses antes #11669

Hola, he firmado un contrato de arras de una vivienda en octubre, cuyo plazo finaliza en 2 semans (mediados de Enero).

Tras toda la documentacion aportada al banco para la solicitud de la hipoteca, me han dicho que la nota simple, previamente solicitada a la parte vendedora, pone que aun la vivienda esta "en construccion".

Les he pedido a los vendedores que soliciten la nota que ponga "obra finalizada".

Aun asi,les han enviado la misma nota simple "en construccion".

He realizado gestiones de mi parte y el proceso para conseguir dicho documento, implica un certificado tecnico de arquitecto y acta notarial. Posteriormente dicha documentacion se ha de enviar al registro. Todo este proceso,del cual, yo personalmente he movido los hilos para informar a la parte vendedrora, tardara no menos de 3 semanas(mas aun con fiestas de por medio).


Mi pregunta,que debo hacer, ademas de hablar con los vendedores de firmar un anexo de prorroga del contrato de arras, para que ellos no hagan uso de la fecha limite poniendo en juego las arras aportadas, cuando es la parte vendedora quien debe disponer toda la documentacion en regla para la venta de la vivienda.


Segundo, al no residir cerca(ya que estoy trabajando fuera de Espana),tendria que pedir dias libres y gastos de viaje/hotel extras. Como hago para solicitar dicha compensacion.

El contrato de arras firmado es "confirmatorias".


Gracias por vuestra ayuda.

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Contrato de arras 5 años 9 meses antes #11693

Si las arras son confirmatorias ello quiere decir que Vd. ya ha firmado la compraventa. Si en la compraventa o en las arras se indica que Vd. compra una vivienda (sin mencionar "en construcción") Vd. tiene derecho a exigir que sea así, y por lo tanto a que el registro refleje esa naturaleza jurídica. Doy por supuesto que la obra se concluyó hace tiempo y que lo que falta es la anotación de finalización de obra en el registro.
Al exigir el cumplimiento del contrato Vd. tiene derecho también a exigir la indemnización de los daños y perjuicios que esta circunstancia le haya causado, por ejemplo por retraso a la hora de otorgar la escritura.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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