Hola compañeros,
les quisiera consultar sobre un caso que le acaba de suceder a mi hermano.
Él y su mujer, de Valencia, se acogieron al ITP reducido del 8% en la adquisición de una primera vivienda.
Ahora le han exigido la liquidación del 2% pero sólo de su parte, ya que cumplía todos los requisitos pero tenía una vivienda anterior, para la que se ha hecho una hipoteca doble junto con la nueva vivienda y eso entra en conflicto con este requisito:
"Que la vivienda vaya a constituir la primera vivienda habitual de jóvenes menores de 35 años"
Por lo que le dijeron todos a quienes consultó, el concepto de "primera vivienda" se entendía como sinónimo de "vivienda habitual", con lo cual no se refería a la primera vivienda que has adquirido en tu vida, sino a la vivienda en la que vas a residir habitualmente.
Hacienda le dice que esto no es así: "no reúne todos los requisitos exigidos al haber sido con anterioridad titular de otra vivienda"..."Por tanto"..."no constituye su primera vivienda (como dice literalmente el artículo 13.Dos 2)"
Entiendo que no hay nada que hacer, ya que aunque puedo imaginar que "primera vivienda" y "vivienda habitual" se pueden considerar como lo mismo, al estar las 3 palabras juntas para este concepto se utilizará "vivienda habitual" y primera se usará como el adjetivo de su primera vivienda.
Pero por si acaso, debía al menos consultarlo por si tuviera sentido reclamar.
Muchas gracias