Hola y feliz año a todos!!!, me hipotequé hace aproximadamente seis meses, el caso es que un banco me realiza actualmente una oferta que rebaja la cuota mensual que estoy pagando en casi 200 euros mensuales.
He estado leyendo las escrituras del contrato de compraventa de mi vivienda, y sólo cita el hecho que la comisión de cancelación por subrogación que fue mi caso en julio cuando escrituré es del 0,5 por ciento, cancelación que asume el banco que me realiza la oferta así como el pago de los gastos de cancelación y traspaso a la otra entidad.
Sin embargo he escuchado que los bancos prestatarios, el primer año de escriturar una hipóteca imponen una sanción a los clientes que pretendan cambiar su hipoteca de banco. ¿Es esto verdad?
En la escritura no pone nada de ello, y yo no he firmado ningún papel aparte que me imponga ningún tipo de restricción o comisión.
¿Salvo el hecho de que el banco prestatario intente mejorar la oferta que me estén realizando, en que puede agarrarse éste para impedir que pueda llevarme mi hipoteca a otro banco?
¿puede establecer comisiones aparte, o penalizaciones, además de las ya dispuestas en la escritura, o yo sólo debo asumir las establecidas en escritura de compraventa?
Sin más y agradeciendo vuestro trabajo, un saludo