Hola a todos. Soy cotitular y copropietaria de una vivienda y préstamo hipotecario al 50% con mi expareja y he decidido quedarme con la vivienda y adquirir el 50% de la otra parte. Tendría que hacer una extinción de condominio, pagar el 1% de AJD, gastos de registro, gestión, notaría, pero tengo una duda. Adquirimos la vivienda en junio de 2009, tendrían que transcurrir 3 años para que se considere vivienda habitual?. Si aún no ha transcurrido dicho periodo, la parte que vende tendría que devolver a hacienda toda la cantidad de la que se ha desgravado (Cuenta ahorro vivienda, préstamo...)en los últimos años?en hacienda mi dicen que sí pero en la notaría no tienen constancia. Otra cosa, yo no puedo pagar en mano la cantidad que me pide la otra parte ni tampoco quiero pedir otro préstamo. Podría realizar el pago en 2 años con el consentimiento de la otra parte? tendría que firmar un documento ante notario? Un saludo afectuoso y agradecería respuesta.