Tratándose de viviendas protegidas debe Vd. leer con detenimiento la norma, generalmente un PLAN DE VIVIENDA, bajo el cual fue calificada, pues en él se indicarán las condiciones de los préstamos. Generalmente la administración celebra un Convenio con las entidades bancarias que lo desean, donde se establecen las condiciones máximas de los préstamos, así como las ayudas que recibirán (subsidiación de tipos de interés, básicamente).
Sin conocer cuál es la norma bajo cuya vigencia se calificó su vivienda no se puede decir más.
Para averiguar cuál es esa norma, pida la CÉDULA DE CALIFICACIÓN PROVISIONAL, o si ya ha terminado la promoción, la CÉDULA DE CALIFICACIÓN DEFINITIVA. En ella se indica la norma. Y en la norma encontrará los límites de tipo de interés.