Si lo que desea saber es si el banco se "conformará" con adjudicarse la vivienda si Vd. deja de pagar, es difícil anticiparlo. No se trata de una cuestión jurídica sino de política del banco. Desde el punto de vista jurídico no tiene por qué hacerlo, ya que tiene derecho a exigir dinero en efectivo NO un inmueble, y en pura teoría podría exigir la responsabilidad a los avalistas.
En la práctica, por mi experiencia, sólo puede decirle que dependerá mucho de cuál sea el valor real de la vivienda. Si vale MÁS de lo que vd. debe, entonces es posible que el banco se "conforme". Pero si es inferior, entonces puede suceder perfectamente que ADEMÁS de quedarse la vivienda reclame el resto de la deuda personalmente a Vd. y a sus avalistas.