hola, me ha tocado ser la presidenta de comunidad y tenemos un vecino moroso que se ha mudado dejando una dirección donde no contesta nadie, el caso es que vamos a llevarlo por via judicial, pero he visto en los modelos de cartas de notificaciones y de actas que se necesita el nombre del presidente y del administrador y en mi comunidad solo tenemos presidente, ¿debemos nombrar un adminstrador antes de comenzar todo el proceso, o no es necesario? de ser así ¿me podrian especificar en que se diferencia un presidente de un administrador?
muchas gracias:)