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DISCONFORMIDAD CON ACTA 9 años 2 meses antes #11046

Buenas noches. Haber si alguien me puede orientar, lo agradeceria.
El administrador ha registrado el acta antes de enviarla a los propietarios. ¿No debería enviarla primero y registrarla después de transcurridos unos días por si los propietarios tienen alguna objeción u observan algun error en la redacción?
¿Qué se puede hacer cuando algunos propietarios no están de acuerdo con lo que pone el acta porque no coincide con lo acordado en la junta?

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DISCONFORMIDAD CON ACTA 9 años 1 mes antes #11072

El acta es un medio de prueba de los acuerdos adoptados en la Junta. Desde el punto de vista práctico generará conflicto si no refleja fielmente la voluntad de los propietarios respecto a cada uno de los acuerdos sometidos a votación. Cuando dichos acuerdos se lleven a ejecución, el conflicto se agravará y habrá que intervenir judicialmente. En ese momento será necesario demostrar que lo que recoge el acta no es lo que se acordó. Para ello es conveniente que se pueda aportar, al menos, algún requerimiento certificado dirigido al secretario y en el que se le ponga de manifiesto la falta de fidelidad a lo acordado. Y que venga suscrito por el mayor número posible de propietarios.
En el juicio, se puede sustituir por el testimonio directo de los propietarios presentes en la Junta a la que se refiera el acta.
Quiero decir que el acta de un secretario no es un acta notarial. No hace fe de su contenido. Cabe prueba en contrario. Por lo tanto, hay que prepararla, para cuando se discuta si el acta refleja fielmente lo acordado o no.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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DISCONFORMIDAD CON ACTA 9 años 1 mes antes #11074

Buenos dias. Muchas gracias por su ayuda. Los propietarios hemos recibido una carta del presidente en la que nos comunica que ante las protestas de algunos propietarios ha decidido anular , por su cuenta y riesgo, (con dos cojo.....) el punto de la discordia.
Supongo que esto es ilegal y que unicamente en una reunion de propietarios se puede anular dicho punto o volver a votar.
Muchas gracias y un saludo

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OSense GastalverAbogados

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