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finalizar contrato y perder cantidades entregadas 15 años 10 meses antes #7749

hola buenas:
si una vez comprada la vivienda en plano y, tras mas de un año, cuando se va a entregar la vivienda no se puede hacer frente a continuar con la compra, ¿se puede rescindir el contrato?¿las cantidades entregadas las cuales son la señal mas el valor del 20 % de la vivienda se pierden?esto es lo que viene en el contrato pero no me parece justo. gracias y saludos

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Re:finalizar contrato y perder cantidades entregadas 15 años 10 meses antes #7752

No es posible dar una respuesta seria y profesional si no se examina el contrato completo pues cada caso es distinto.

Lo único que se puede decir en general es que si el promotor incumple alguna de sus obligaciones principales, como por ejemplo entregar dentro del plazo previsto o ejecutar la obra exactamente tal y como se previó en el proyecto, cabe la posibilidad de resolver el contrato y recuperar la totalidad del dinero entregado a cuenta, pero sólo si se dan determinadas circunstancias que hay que valorar caso por caso.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
Gastalver Abogados

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Re:finalizar contrato y perder cantidades entregadas 15 años 10 meses antes #7754

La cuestión es que no hay incumplimiento por parte del vendedor, a parte de que en el contrato se cubrió bien las espaldas ya que dejó casi todos los puntos abiertos. Yo lo que deseo sobretodo es no perder la totalidad del dinero entregado el cual es alrrededor de 40.000 euros.

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Re:finalizar contrato y perder cantidades entregadas 15 años 10 meses antes #7755

La respuesta, en términos generales, es que NO existe el derecho a apartarse del contrato, incluso aún a costa de perder el dinero entregado a cuenta, SALVO QUE SE HAYA PACTADO EXPRESAMENTE.

Revise atentamente el contrato para comprobar que efectivamente se ha pactado que la resolución es automática en caso de impago o de incomparecencia. Generalmente lo que los contratos suelen recoger es la posibilidad de que el promotor ELIJA entre:

a) resolver y retener un porcentaje en concepto de indemnización, o...

b) Exigir el cumplimiento, reclamando además intereses al tipo pactado.

Ultimamente optan por exigir el cumplimiento, y de esa manera ganan tiempo y no tienen que desembolsar nada, dada la falta de liquidez de la mayoría.
Miguel Gastalver Trujillo
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