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Infraccion por no pagar a TIEMPO. 15 años 9 meses antes #7817

Buenas, mi nombre es David y residente en Las Palmas.

Mi Caso es el siguiente:

En la última convocatoria de propietarios, aceptaron una infracción a las personas que no pagara a tiempo su cuota mensual de comunidad.
Una subida de 1,50€, yo no pude ir por motivos de trabajo ya que era un jueves.

Mi pregunta:

1- Es legal poner una infracción en la cuota mensual de propietario por no pagarlo en el mes? (pago a la comunidad).

2- Se puede recurrir? Y como?

Gracias.

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Re:Infraccion por no pagar a TIEMPO. 15 años 9 meses antes #7835

La Comunidad de Propietarios carece de capacidad para imponer sanciones.

Cabe, conforme al art. 6 de la Ley de Propiedad Horizontal, establecer un Reglamento de Régimen Interior, pero dicha posibilidad se limita a detalles de convivencia y utilización de los servicios y cosas comunes, no a la imposición por la fuerza de una sanción económica.

Es más, medidas de este tipo podrían ser consideradas delictivas, por constituir apropiación indebida y/o coacciones por parte del Presidente o del Administrador.

Ante los morosos, la ley establece claramente cuál es el procedimiento que debe seguirse, que no se basa en la imposición de multas privadas.
Miguel Gastalver Trujillo
Abogado especialista en Vivienda
Bufete en Sevilla · Desde 1976
Tlf.954275121 / Móvil/Whatsapp 609181541
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Re:Infraccion por no pagar a TIEMPO. 15 años 9 meses antes #7839

Muchisimas Gracias.

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Re:Infraccion por no pagar a TIEMPO. 15 años 9 meses antes #7844

Ya que no acudió a la Junta de Propietarios, le aconsejamos que salve su voto comunicando expresamente al Presidente o al Secretario su disconformidad con dicho acuerdo.

Lea nuestro artículo sobre ' Impugnación de acuerdos de la Comunidad de Propietarios ' para comprender la importancia de la oposición así como el procedimiento para formalizarla aunque no haya acudido a la Junta.
Miguel Gastalver Trujillo
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