Buenos días,
Tengo un pequeño problema, y me gustaría saber si me pueden ayudar, les comento:
En el supuesto de que una madre fallece teniendo en propiedad una vivienda y sin haber dejado testamento, este piso será propiedad de sus hijos por herencia universal (en este caso 4 hijos).
Uno de los hijos, se asienta en dicha vivienda realizando obras de mejora, a saber reforzamiento de cimientos que se caían, reforzamiento de una pared y de instalación de un cuarto con lavabo dotado con agua caliente, ducha e inodoro.
Ahora bien, ¿este hijo, puede reclamar de sus otros hermanos el dinero de la obra? No sé si es un caso de deducción por obras de mejora... ¿Pueden aclarármelo por favor? Gracias de antemano.