"Añadir el nombre de mi pareja a la propiedad de una vivienda", sea VPO o no, es lo mismo que hacerla propietaria. Para convertirse en propietario de una vivienda tiene que tener lugar lo que legalmente se conoce como una transmisión de todo o parte del derecho de propiedad. En este caso una transmisión de una cuota del 50% del derecho de propiedad.
¿Cómo se transmite la propiedad? Aparte de la transmisión que se produce al fallecimiento del titular, es decir, "mortis causa", existen diversas formas de transmitir la propiedad entre personas vivas, es decir "intervivos". Se puede regalar, en cuyo caso hablamos de la donación.Se puede vender. Se puede entregar en pago de deudas...
Vd. puede sencillamente ir al notario y regalarle la mitad de la casa. Pero tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que es caro.
También puede venderle la mitad, y que ella se la pague poco a poco. Muchas personas "simulan" contratos como este, para pagar menos impuestos y lograr el efecto deseado.
Otra posibilidad es reconocer en documento privado que la vivienda se está pagando a medias, y reconocerle la titularidad en el mismo porcentaje. Pero esta cotitularidad sólo se podría hacer valer en caso de separación.
Hay más fórmulas, pero lo mejor es que lo hable con un abogado de su confianza. No hay un coste estandar por este tipo de asesoramiento. Cada abogado fija sus honorarios líbremente. Además tiene como coste el de notario e impuestos.