La mayoria de la gente no sabe que la legislación vigente establece la obligatoriedad de adaptar las puertas automáticas a las Directivas Comunitarias aplicables en nuestro país, Directiva de Máquinas (89/392/CEE), y Directiva Productos de Construcción (89/106/CEE).
La finalidad de la norma es garantizar la seguridad de los usuarios, de la cual son responsables, los titulares o propietarios de las puertas (incluidos los administradores), y las empresas instaladoras y mantenedoras.
Este es el motivo por el cual hemos incorporado a nuestra actividad, dos nuevos servicios sin coste alguno para aquellos usuarios con instalaciones fuera de normativa.
- Auditoria de seguridad y Auditoria de deficiencias del sistema.
Nuestros técnicos valoran el estado de las instalaciones y emiten un informe con las posibles deficiencias, valoradas económicamente, también se establecen diferentes plazos para la subsanación de las mismas, adecuando estos plazos a las necesidades y presupuestos de cada comunidad.
En caso de inspección por parte del Ministerio, los propietarios o titulares de las puertas automáticas pueden aportar los documentos que justifican estar llevando a cabo las acciones oportunas para adecuar estas a la legislación vigente.
A la finalización de los trabajos los usuarios obtendrán, sin ningún coste adicional, la declaración CE de conformidad y el marcado CE de sus puertas.
En caso de estar interesados, decírmelo para que uno de nuestros técnicos vea las instalaciones y os asesore. No os podéis imaginar lo barato que sale en muchos casos adaptar la puerta a la legislación vigente y un quebradero de cabeza menos.