Hola a todos, voy con un tema escabroso. Mi padre, en paz descanse, propietario en su momento del local donde yo tengo mi negocio desde hace 25 años firmó el acta donde se acordaba poner una cuota de 10 euros mensuales a los dos locales comerciales. Mi padre muere en 2013, el acta se acuerda y firma en 2010, y la herencia del local queda para mi, para mis hermanos y para mi madre, es decir, cuatro propietarios. Yo siempre me negué a esa cuota porque en los estatutos lo dice bien claro, pero yo no era el propietario y se la pagaba a mi padre, y hoy que yo me hago frente del local y del negocio no estoy en absoluto conforme con la cuota. A fecha de hoy la deuda contra mí, o de todos los herederos pienso yo, es de 200 euros acumulados. Llamo a la abogada administradora y nunca está porque siempre se encuentra en el juzgado, le paso mi propuesta a su empleado de que me diga en qué artículo de la propiedad horizontal estoy yo obligado a pagar eso, ha pasado una semana y no me llama, también le pido la cuenta de la cdad. para ingresar lo que yo propongo. La amenaza en la reunión de llevar ya lo mio a los juzgados se produjo y es inminente. Yo le dije en la reunión que en la escritura estoy exento y que tras mis averiguaciones en colegio oficial notarios, ministerio de la vivienda, la gestoria que llevó la herencia de mi padre e incluso en la Consellería de Estadística todas estas instituciones me dicen que nosotros estamos exentos porque no entramos al local por la puerta de la comunidad, lo cual no hago uso de zaguán y escalera por lo que no estoy obligado, y la abogada me dice que todo eso no vale, y yo le contesto que sí estoy obligado a pagar los diez enteros que dice la escritura correspondientes al seguro de la comunidad, y me dice que aún los está esperando que los ingrese. Qué chulería madre mia. Pero cómo voy yo a pagarlos si no reconoce y recapacita sobre esa cuota injusta de 10 euros/mes. Me callo en la reunión y no hay acuerdo porque no se debate, por mi culpa que no lo propongo. Bueno mi pregunta es, ¿se puede impugnar un acta ante el juez después de tantos años si yo no estoy de acuerdo porque muy astutamente a mi padre se le engañó en aquella reunión ya que él firmó por miedo? El propietario del otro local no acudió a aquella reunión. Supongo que esta señora abogada está muy segura de sus actos de llevarme al juzgado y salir victoriosa porque tiene en su poder aquella acta, no me cabe más posibilidades, es lo único que tiene. Yo sólo quiero pagar lo que es justo, no me niego a nada, y eso sería en mi caso pagar los diez enteros, que dice la escritura yo estoy obligado, del seguro comunitario, unos 60 euros anuales. y qué probabilidades tendría yo de salir victorioso en el juicio con estos mis argumentos?
Gracias de antemano por atenderme. (más tarde te pongo el epígrafe de la escritura mencionando mi excepción)
Sergio