Estimado Juan,
He eliminado de su mensaje la sentencia pues está prohibido publicar datos de carácter personal de ese modo y el responsable del foro podría ser sancionado como responsable subsidiario.
No obstante, como ya le he comentado en mensaje privado, ha seguido Vd. la vía penal, cuando la correcta era la civil pues los promotores destinaron todo el dinero recaudado a construir la promoción, si bien por inexperiencia y falta de financiación suficiente tuvieron que dejarla a medio construir.
Todavía puede perfectamente seguir la vía civil. Sé que se hace cuesta arriba despues de conocer la absolución en vía penal, pero ello era previsible desde el primer momento.
Lo importante es conocer si los anticipos estaban asegurados o avalados y en caso contrario si la empresa o los administradores son solventes, para valorar si merece la pena ganar el pleito civil o no.
Un cordial saludo