La promotora está obligada a repararlos, desde luego, ya que cumplió su obligación de entrega de una manera imperfecta. Los elementos comunes de las viviendas presentan defectos que no tienen por qué admitir. El plazo para reclamar al promotor es de 15 años al ser su relación con el mismo de naturaleza contractual, por lo que pueden estar tranquilos al respecto.
La clave, siendo pragmáticos es si merece la pena el pleito o no. Ganarse se gana seguro, y condenarán al promotor al pago de una cantidad de dinero suficiente para realizar las reparaciones. Ahora bien, ¿podrá cobrarse? Dependerá del grado de solvencia del promotor. Si es solvente, no lo duden. Demanden.
Si lo desean podemos ocuparnos.