Tengo un contrato de arrendamiento a punto de finalizar, y me gustaría saber si dentro de las reparaciones a las que está obligado al arrendador está la siguiente:
Se produce un corto en un cable eléctrico, nos quedamos sin luz, y llamamos al técnico, que lo cambia. Añadir que la instalación eléctrica no ha pasado ninguna revisión en muchos años, circunstancia de la que avisamos al arrendador, que se negó a hacer nada, y que está obsoleta (cables empalmados con ¡celo!), y sin haber obtenido el certificado de instalaciones eléctricas.
Con el precedente anterior, a la hora de cambiar una pieza al motor de la caldera, aprovecho la visita del técnico para que realice la revisión de la caldera, cuya factura también incluyo. Quisiera saber si el arrendador tiene obligación de costear las revisiones de las diferentes instalaciones.
Reclamadas por burofax estas facturas, el arrendador, por medio también de burofax, se niega a abonarlas. Dado que queda poco tiempo para que finalize el contrato, y que tengo la total seguridad de que el tema irá a juicio verbal, quisiera saber cual sería la actuación correcta: uds. aconsejan abonar la renta en estos casos, pero si a pesar de todo descuento su importe, ¿puede tener alguna consecuencia en el juicio?, ¿no es una forma de premiar al infractor no hacerlo?, quiero decir, ¿la única diferencia es que será el arrendador el que inicie el procedimiento si lo hago, o yo mismo si no? ¿O me tiro piedras a mi propio tejado si lo hago?
La casa está en perfectas condiciones, a pesar de ello, estoy convencido que el arrendador no me devolverá así como así la fianza. Aconsejan Uds. No descontar la fianza de la última renta, pero teniendo la precaución de levantar acta notarial, de forma que el notario certifique el perfecto estado de la casa, y entregando las llaves al notario, ¿estaría justificado?