Sencillamente, debería explicarle la situación cuanto antes.
Mucho peor sería no decirle nada y dejar de pagar la renta.
Si quiere saber con seguridad si según la ley tendría que pagarle una indemnización o no informe de cuál es la fecha exacta de su contrato, por qué plazo de duración se firmó, y si en el mismo se recoge en alguna cláusula algo al respecto. Una vez disponga de dichos datos le diré si el propietario puede exigir una indemnización o no.
De todas formas, aunque el propietario tenga derecho a una indemnización, si como Vd. dice su marido se va a quedar en paro, hágaselo saber también a su arrendador, para que se haga cargo de la situación.
La mayoría de los arrendadores, cuando se les plantea la situación de manera honesta, es decir, advirtiéndo de antemano que no se va a poder hacer frente a la renta y que se desea llegar al acuerdo de dar por terminado el contrato antes de tiempo, entregando el piso en las condiciones en las que se recibió, no dejando sin pagar ninguna renta hasta el día que se entregan las llaves, la mayoría de los arrendadores decimos, aceptan firmar un acuerdo de terminación anticipada, mediante el cual renuncian a reclamar nada más. De todas maneras, la única forma de saberlo es preguntando abiertamente con tiempo, antes de que se produzca el impago.