¿Su pareja, titular del alquiler, ha abandonado la vivienda? Evite la extinción del contrato. Comunique que Vd. continua.
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Actualizado conforme a la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas..
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Con instrucciones para completar los datos personales y las opciones. En formato Word.
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Sólo 15 € IVA incluido. Puede pagar con tarjeta de crédito o por medio de su cuenta de PayPal.
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Descarga inmediata.
Cuándo es útil.
Útil si su cónyuge (o pareja de hecho desde hace más de dos años, pues también sirve en este caso) abandona la vivienda sin comunicar nada al arrendador (casero) y Vd. desea continuar el alquiler. Es importante realizar esta notificación antes del plazo de un mes desde que se produzca el abanono, pues en caso contrario el contrato quedará extinguido al vencimiento del plazo en curso. dicte la sentencia de nulidad, separación o divorcio, y por medio de una Comunicación fehaciente. Válido también para contratos posteriores al 6 de junio de 2013.