Hipoteca

  • Adjudicación de vivienda habitual del matrimonio

    Mi caso es el siguiente: Estoy separada judicialmente; en su momento se me adjudicó el uso de la vivienda conyugal por tener una hija, que en estos momentos ya es mayor de edad, pero que convive conmigo. No liquidamos la sociedad de gananciales.La vivienda tiene caracter ganancial, adquirida mediante constitucion de hipoteca. Despues de la separacion judicial, la hipoteca la he estado pagando yo integramente.

    Ahora quiero pedirle el divorcio y la adjudicacion del piso en propiedad para mí, pero me pide su mitad ganancial de dicha vivienda.¿Le correspondería a él la mitad del piso aun no habiendo contribuido al pago de la hipoteca despues de la separacion judicial? ¿Puedo solicitar que en la liquidacion del regimen de ganaciales me descuenten las cantidades que yo he pagado? ¿Qué soluciones me proponeis?

  • Excisión del proindiviso de la vivienda habitual

    Mi consulta es la siguiente. Mi marido y yo casados en regimen de separación de bienes compramos la vivienda habitual en pro indiviso al 50%. Llegamos a un acuerdo de separación por el cual yo me quedo con la custodia de nuestra única hija, y el uso y disfrute de la vivienda en las siguientes circunstancias: - Hacerme cargo del total de la hipoteca que pesa sobre ella (que representa del 60 % del coste total de la vivienda )hasta la venta del piso, momento en el que le entregaría el 50% del precio de venta descontada la hipoteca pendiente en ese momento y todos los pagos de hipoteca realizados desde el día de la separación.

    Mi pregunta es la siguiente : queremos poner el piso a mi nombre así como la hipoteca para liberar a mi marido de cualquier carga ¿ que debemos hacer ? ¿ que podemos hacer para cambiar la titularidad de la propiedad con los menores coste tributarios posibles ? ¿ se puede excindir el proindiviso sin una entrega dineraria directa, sino con la carga total de la hipoteca a mi nombre y el acuerdo privado en el momento de la venta futura?

    Conocer si es posible hacer lo que tenemos pensado al menor coste posible es fundamental para llegar a un acuerdo de separación. Muchas gracias.

  • Vivienda VPO privativa y matrimonio

    Hola! Acabo de comprar una VPO de la cual yo soy la unica propietaria. Mi pareja va a contribuir en el pago de la hipoteca al 50% y yo quiero que el tenga derecho al 50% de la vivienda (para evitar problemas en caso de separacion). Puedo hacer capitulaciones matrimoniales o donacion por razon de matrimonio, si nos casamos? Si no nos casamos, hay alguna opcion? Gracias por vuestra recomendación.

  • Rescisión compraventa por imposibilidad subrogación hipotecaria

    Compre una casa en Grupo Recio de sevilla, en mi contrato pone que si me deniegan la subrogacion a la hipoteca tengo derecho a rescindir el contrato y a recibir de forma integra la cantidad entregada. La subrogacion me ha sido denegada y me dicen que no puedo rescindir el contrato ya que mi expediente lo estudiara la central de la caixa y no una sucursal ya que tiene mas rango jerarquico. Mi expediente lleva una nómina de 1800 euros y unas cargas personales de 1000 euros de dos hipotecas y me tienen que conceder 160.800 euros ¿es legal que la central de La Caixa me apruebe esta hipoteca  ¿esto es denunciable? o hay un vacio legal espero vuestra respuesta

  • Malversacion con el dinero de la compra

    Buenos dias, me pongo en contacto con ustedes ya que estoy muy preocupada y no sé que debo hacer. Mi problema es el siguiente: Mi padre ha comprado un apartamento a una inmobiliaria, pagado al contado, y en las escrituras consta en cargas "la parte vendedora, que dicho préstamo ha sido totalmente pagado, estando unicamente pendiente la cancelacion registral del mismo",..por esto llamé al banco que figura como que tiene la hipoteca a favor y me comentaron que NO se han presentado la escritura de cancelación (esta compra se efectuó en MAYO 2007). Despues de esto llamé a la inmobiliaria y me dijeron que el dinero facilitado por mi padre por la compra del piso fue utilizado para abonar dinero que ellos debian a unas personas que ya no querian unos pisos y que hasta que no vendan dichos pisos de ese mismo bloque no van a proceder a la cancelación de dicha hipoteca. Por todo esto quiero saber que puedo hacer, si puedo denunciar, si puedo "obligarles" a cancelar la escritura de cancelacion, si esto es legal y lo mas importante si ellos dejan de pagar la hipoteca, que me comentaron que se estan haciendo cargo, si esta hipoteca pasa a nosotros o si por el contrario como aparece como que esta totalmente pagada que nos afecta a nosotros. Por favor te agradeceria una pronta contestacion ya que todo esto esta repercutiendo en la salud de mi padre.

  • Venta y deuda

    Les cuento mi caso. Estoy a punto de vender un piso del cual tengo una hipoteca junto con mi ex-pareja. El caso es que yo me he quedado viviendo en el piso y ella se marchó de alquiler (voluntariamente). Yo me he hecho cargo de todas las cuotas de la hipoteca, gastos de comunidad, ibi, seguro, etc. desde que ella dejó el piso. Siempre con el acuerdo (verbal)de que una vez se vendiera el piso ella se pondría al día de su deuda.

    Ahora que tenemos comprador, ella dice que solo vende si yo le perdono toda su deuda conmigo. También alega que ella ha tenido que pagar un alquiler.

    Mi consulta es si puedo reclamar este importe completa o parcialmente, ya que no me parece justo que después de soportar la carga del pago de la hipoteca durante tanto tiempo, ella se pueda beneficiar no solo de la venta (eso aún, ya que yo he vivido en el piso) si no que no pague nada de lo que le corresponde en todo este tiempo, y además saque beneficio.

  • Obligación comprar casa sin concesión de hipoteca por bancos

    Me van a entregar una casa pero no he conseguido vender una vivienda con la que pensaba pagarla. Los bancos no me conceden crédito hipotecario. Según el contrato, únicamente el vendedor puede resolverlo en caso de impago, o bien puede ejecutarlo, a su elección. ¿Estoy obligado a comprar la casa en cualquier caso, aún no teniendo dinero para pagarla?¿Qué puedo hacer?

  • Cambio de titularidad de hipoteca

    Me gustaría que me ayudaran con el siguiente caso: una pareja casada en régimen de gananciales deciden hacer capitulaciones matrimoniales y proceder a la disolución y liquidación de la sociedad de gananciales. En documento firmado ante notario se establece que él le vende su parte de la casa a ella a cambio de una compensación económica; asimismo, también se establece que él queda libre de obligación de cualquier tipo de pago relativo a dicha vivienda. Lo que no se hace es cambio de titularidad de la hipoteca. La pregunta es si hay alguna forma de obligarla legalmente a ella a cambiar la titularidad de la hipoteca ya que él sigue figurando también como titular de la misma aunque la casa ya es de ella al 100%.

  • Modificación sentencia + cambio titularidad vivienda e hipoteca

    Hola, Hace dos años que estoy divorciada y en ese momento teníamos un contrato de arras que al final no se llevó a cabo. El divorcio fue de mutuo acuerdo y después de pagar la deuda de la hipoteca se repartiría el dinero sobrante. Fue mi ex quien marchó del piso quedando yo viviendo en él. Además mi ex me daría un dinero por un coche nuevo que se ha quedado él. Al no llevarse acabo la venta del piso, estamos pagando a medias la letra de la hipoteca. Sigo viviendo yo el piso. Ahora, él quiere cederme su 50% de la vivienda y no tener que seguir pagando la mitad de la hipoteca sin ningún tipo de compensación a cambio, renuncia. Para poder quedarme con el 100% de la vivienda y de la hipoteca, si no estamos equivocados, debemos cambiar la sentencia de divorcio en la que así conste y quede excluido de cualquier responsabilidad. Ahora bien, mis dudas son:

    • Con la sentencia una vez modificada a mi favor, el banco me puede ponerme algún problema para cambiar la titularidad de la hipoteca
    • La nueva sentencia, debo icorporarla al registro de la propiedad.
    • Quiero quedarme con el piso, que inconvenientes me puede poner el banco si con mi nómina cubro la letra y de garantía es el piso que su valor es superior al capital pendiente de la hipoteca
    • Qué coste supone aproximadamente estos trámites (sentencia, cambio titularidad hipoteca…)

    Si pudieran resolverme estas dudas y cualquier otro aspecto que tuviera que tener en cuenta.

     

    Muchas gracias por su atención. Yolanda

  • Negativa banco facilitar certificado de no concesión de la hipoteca

    Buenos días, Adquirí una vivienda, y llegada la hora de formalizar la hipoteca por subrogación a la del constructor me la deniegan. He solicitado un certificado y me dicen que tienen orden de no facilitar certificados. ¿Sería suficiente con solicitarlo mediante burofax? ¿realmente puede un banco negarse a facilitarte por escrito lo que te comunican de palabra? Muchas gracias

  • Subrogación hipoteca.

    Tengo una hipoteca en la que figura un tipo máximo y un tipo mínimo; quiero subrogarme a otra entidad, manteniendo el plazo pero variando el interés; la nueva entidad no quiere poner ningún tipo máximo ni mínimo; ¿me puedo subrogar o tendría que hacer una nueva hipoteca, por lo de los tipos máximo y mínimo que tendría que cambiar? ¿Si tuviera que hacerla nueva, tendría que pagar otra vez AJD, o sólo notaría, registro y gestoría? Muchas gracias.

  • Ejecución hipoteca por un solo impago

    ¿Me pueden ejecutar la hipoteca por no pagar un recibo del préstamo hipotecario?

  • Como prevenir problemas al comprar vivienda sobre plano

    Cinco consejos prácticos de abogados especialistas en vivienda al comprador de vivienda sobre plano. Más vale prevenir que curar

    En nuestra experiencia profesional como abogados son numerosos los casos en los que si el comprador de vivienda sobre plano hubiera actuado preventivamente con diligencia podría haber defendido sus intereses de manera mucho más efectiva que cuando el problema ya se ha producido y encima se actua sin el asesoramiento de los profesionales expertos en vivienda. Para evitar esto nos hemos propuesto elegir cinco de entre los muchos consejos que cabe dar a quien se ha embarcado en la compra de una vivienda en construcción, para prevenir los problemas que con más frecuencia llegan al despacho. En este artículo se los planteamos de manera breve y sencilla. Si Vd. ha firmado ya un contrato privado de compraventa de vivienda sobre plano este artículo le interesa. Más vale prevenir que curar.

  • Titularidad de la Vivienda

    ¿Quién firma el contrato de compraventa y la hipoteca? 

    Si tiene Vd. pareja y tiene pensado comprar una vivienda, piense con calma antes de firmar nada quién va a ser titular del contrato de compraventa y del contrato de préstamo hipotecario pues es una decisión con numerosas consecuencias prácticas, como veremos a continuación.

    Muchas personas no se dan cuenta de ello hasta que se tienen que enfrentar con dichas consecuencias. Recibimos entonces numerosas consultas sobre la manera más económica de realizar un cambio de titularidad de una vivienda y siempre tenemos que dar la misma respuesta. No existe una manera económica de realizar un cambio en la titularidad de la vivienda pues en general cabe decir que el cambio exige formalizar una donación o una compraventa en escritura pública, operaciones ambas gravadas con impuestos y que deben ser inscritas en el Registro de la Propiedad.

    Por lo tanto, si tiene Vd. pareja y tiene pensado comprar una vivienda, piense bien cuáles son sus intereses antes de decidir sobre la titularidad.

  • ¿Le puedo devolver el piso al Banco? La dación en pago.

    En estos tiempos de crisis, en que la cuota de la hipoteca se nos hace cuesta arriba, mas de uno se ha planteado esta pregunta.

    Bien, la respuesta es que SI, pero, con matices, me explico:

    Como ya anunciaba el termino correcto es “Dacion en Pago”, y la misma, como tal, no es mas que un acuerdo entre las partes (el Banco o entidad financiera), y tu (el “hipotecado”, o titular de un crédito del carácter que sea.)

    O sea, que se trata de una propuesta al Banco que este, previo estudio a tal efecto, en que es pieza esencial la realización de una nueva tasación de la vivienda que habrás de pagar tú, ha de aceptar o no, por la que en pago de tu deuda, le atribuyes el inmueble.

  • Detener subasta por impago de hipoteca

    ¡Subastan mi casa!, ¿me queda alguna opción para salvarla, sin tener que pagar el total de la hipoteca?

    La pregunta que nos hacemos, desgraciadamente bastante común a día de hoy y que sabemos causa desasosiego e intranquilidad ofrece la siguiente respuesta tranquilizadora.

  • Hipoteca y bajada del valor de las viviendas. Cuidado.

    Una máxima en Derecho, y en el sentido común al que siempre aluden nuestros mayores, es la de “no firmar sin leer”, pues bien, la misma, cobra más importancia todavia, cuando en las modificaciones legislativas, que venimos sufriendo, se introducen posibilidades como la que establece el  “Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulacion del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero”, en su articulo 9.

    Y es que, dice dicho articulo:

    Articulo 9. Ampliacion de hipoteca.

    Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia el valor del bien hipotecado desmereciese de la tasacion inicial en mas de un 20%, y con ello se superasen, en funcion del principal pendiente de amortizar, los limites  a que se refiere el articulo 5.1, la entidad acreedora, previa tasacion realizada por una sociedad homologada independiente, podrá exigir del deudor la ampliacion de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relacion exigible entre el valor del bien y el prestamo o credito que garantiza.

    En el caso de que el deudor sea una persona fisica, el desmerecimiento al que se refiere el parrafo anterior deberá haberse mantenido durante el plazo de un año, a contar desde el momento en que la entidad acreedora haya hecho constar en el registro contable al que se refiere el articulo 21 el citado desmerecimiento.

    El deudor, despues de requerido para efectuar la ampliacion,podrá optar por la devolucion de la totalidad del prestamo o credito o de la parte de este que exceda del importe resultante de aplicar a la tasacion actual el porcentaje utilizado para determinar inicialmente la cuantia del mismo.

    Si dentro del plazo de dos meses desde que fue requerido para la ampliacion el deudor no la realiza ni devuelve la parte de prestamo o credito a que se refiere el parrafo anterior,se entenderá que ha optado por la devolucion de la totalidad del prestamo o credito, la que le será inmediatamente exigible por la entidad acreedora.”

  • Hipoteca Inversa y Renta Vitalicia

     En los últimos tiempos, está en boga, más que en otras épocas, la discusión acerca de qué es más conveniente: la vivienda en propiedad o en alquiler.

    Los que están a favor del alquiler sostienen que el gasto en vivienda es mucho menor, ya que no hay que pagar Impuestos sobre la Vivienda, como son el IBI y la Basura, los gastos de mantenimiento corren de cuenta del arrendador, no hay que hacer inversión en muebles si la vivienda es amueblada y se puede gozar de mayor flexibilidad geográfica.

    Los detractores del alquiler defienden que toda inversión que se hace en la vivienda es recuperable y que incluso se puede obtener un gran lucro con la venta de la misma. Al margen de que esta afirmación hoy por hoy sea discutible,  uno de los alicientes que puede tener el hecho de ser propietario es la posibilidad de obtener la comúnmente conocida hipoteca inversa o bien una renta vitalicia.

  • Nuevas Medidas del Gobierno. Dacion en pago

    El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos ha venido a regular una posibilidad de dación en pago de la vivienda para saldar el préstamo hipotecario.

    El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos   ha venido, según dice, a paliar uno de los efectos más dramáticos de la crisis, los desahucios por impago del préstamo hipotecario. Miles de familias han tenido que dejar su vivienda por no poder pagar las cuotas del préstamo. Muchas otras se encuentran actualmente inmersas en un procedimiento ejecutivo que terminará en subasta y adjudicación de la vivienda al banco. Si ese es su caso, ¿puede Vd. beneficiarse de estas nuevas medidas? Veamos para empezar cuáles son estas medidas y luego qué requisitos debe vd. cumplir para poder beneficiarse de ellas.

  • Suspensión desahucios por ejecución hipotecaria hasta 15 de noviembre de 2014

    Si Vd. ha sido demandado por su banco por no haber pagado el préstamo hipotecario, sepa si puede solicitar o no que no le echen de su casa como mínimo hasta el 15 de noviembre de 2014. Le explicamos de manera sencilla cuáles son los requisitos que debe cumplir para beneficiarse de ese derecho, establecido en el Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.